Ayuntamiento de Burlada / Burlatako Udala

13 de diciembre de 2021

Instrucciones a la ciudadanía sobre los trámites a seguir para dar parte al seguro de bienes afectados por inundaciones en Burlada

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A) Si tiene seguro de daños que cubra los bienes del siniestro.

Será el Consorcio de Compensación de Seguros la entidad que indemnice los daños sufridos conforme a su normativa.

Procedimiento para comunicar los daños al Consorcio:

A) A través de su compañía o agente de seguros.

B) Directamente ante el Consorcio de Compensación de Seguros:

– Teléfono: 900 222 665

– Web www.consorseguros.es

Cuando se vayan a comunicar los daños será necesario disponer de los siguientes datos y documentación:

  • Datos de la póliza de seguro: aseguradora y número de póliza.
  • Datos de quien presenta la solicitud de indemnización y de la persona asegurada (si son personas distintas): nombre y apellidos o razón social; NIF o CIF; dirección de contacto y teléfonos.
  • Datos bancarios para el pago de la indemnización: Código internacional de la cuenta bancaria con el IBAN (24 dígitos).
  • En caso de daños a vehículos a motor: marca, modelo y matrícula del vehículo afectado. Si se está en un taller de reparación, se debe facilitar su nombre, dirección y teléfono para agilizar la peritación de daños.
  • Para facilitar el trabajo pericial:
  1. Imprescindible:

– Duplicado de la póliza actualizada que se deberá solicitar en la Compañía de Seguros.

– Justificante bancario del último recibo pagado.

  1. Siempre que sea posible, se deberán conservar todos los bienes dañados para los que se solicite indemnización, incluso si se trata de vestigios, residuos y/o restos.
  2. Relación de bienes dañados.
  3. Fotografías y/o vídeos de los bienes dañados.
  4. Facturas, recibos y justificantes de pago, de los bienes dañados (si es posible).

 

B) Si no tiene seguro de daños que cubra los bienes del siniestro.

La compensación de los daños estará condicionada a la existencia de una declaración de zona catastrófica para Burlada, y las subvenciones/indemnizaciones se determinarán en los términos, condiciones y cuantías que se establezcan en dicha declaración.

Para poder solicitar alguna indemnización cuando se aprueba la convocatoria de subvenciones por dicha declaración de zona catastrófica, deberá actuar en estos momentos de la siguiente forma:

  1. Siempre que sea posible, se deberán conservar todos los bienes dañados para los que se solicite indemnización, incluso si se trata de vestigios, residuos y/o restos.
  2. Relación de bienes dañados.
  3. Fotografías y/o vídeos de los bienes dañados.
  4. Facturas, recibos y justificantes de pago, de los bienes dañados (si es posible).

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