Ayuntamiento de Burlada / Burlatako Udala

05 de julio de 2023

SUBVENCION para adaptar el riesgo de inundación de edificaciones

Subvenciones para actuaciones de adaptación al riesgo de inundación

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La Dirección General de Medio Ambiente del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente de Navarra ha aprobado la RESOLUCIÓN 607E/2023, de 16 de junio, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones para actuaciones de adaptación al riesgo de inundación de las edificaciones, equipamientos e instalaciones o explotaciones existentes en la Cuenca del Ebro en el marco del Plan De Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la unión europea-NEXTGENERATIONEU.

Mientras se produce su publicación en el BON, se ha colgado en la web de Gobierno de Navarra, un resumen con la información básica de la convocatoria, que puede consultarse en el siguiente enlace:

Subvenciones para actuaciones de adaptación al riesgo de inundación

Estas subvenciones están dirigidas a personas físicas o jurídicas, privadas, nacionales o extranjeras, propietarias de inmuebles, edificaciones, equipamientos o instalaciones radicados en el ámbito territorial que comprende los municipios ribereños del eje del río Ebro y sus afluentes de la Comunidad Foral de Navarra.

El crédito autorizado para hacer frente a los compromisos derivados de esta convocatoria es de 1.000.000 de euros que se repartirán según tres líneas de actuaciones subvencionables:

Línea 1. Adquisición e instalación de equipamientos o materiales que impidan la entrada de las aguas o faciliten su evacuación, dotada con un máximo de 250.000 euros.

Línea 2. Actuaciones que contribuyan a la reducción del riesgo de inundación, incluyendo actuaciones de adaptación al riesgo de inundación en los elementos vulnerables, dotada con un máximo de 250.000 euros.

Línea 3. Actuaciones de adaptación al riesgo de inundación de explotaciones agrarias y ganaderas, dotada con un máximo de 500.000 euros.

 

Las actuaciones podrán haberse realizado antes de la aprobación de esta convocatoria, siempre y cuando no se hubiesen iniciado antes del 6 de marzo de 2021 y deberán estar finalizadas antes del 6 de septiembre de 2025.

La cuantía de la subvención para cada actuación será del 80% del presupuesto considerado financiable, IVA excluido, con un máximo para cada persona beneficiaria y línea de actuación de 50.000 euros.

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